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¡Atención Exportadores! Nuevo Aviso Automático de Exportación

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June 3, 2025

El pasado 3 de junio de 2025, la Secretaría de Economía de México publicó en el Diario Oficial de la Federación  (DOF) un acuerdo que establecía el requisito de Aviso Automático de Exportación para ciertas mercancías clasificadas bajo fracciones arancelarias específicas. Este aviso no implicaba restricciones, pero sí exigía un trámite previo para las exportaciones.

Sin embargo, el 20 de junio se publicaron modificaciones que excluían varias mercancías, y finalmente, la Secretaría de Economía de México, encabezada por Marcelo Ebrard, decidió abrogar el acuerdo completo, eliminando oficialmente el requisito del Aviso Automático.

¿Qué implicaba este aviso?

El Aviso Automático de Exportación funcionaba como un mecanismo de control estadístico: las empresas exportadoras debían notificar con anticipación a la autoridad económica sobre el envío de ciertos productos clasificados bajo fracciones arancelarias específicas. Esta medida no representaba una restricción, pero sí añadía un trámite adicional. Algunos productos que entraban en este aviso eran:

  • 8411.12.01 (Turbocargadores)
  • 8414.80.99 (Compresores de aire)
  • 8503.00.99 (Partes para máquinas eléctricas)
  • 8504.23.01 (Transformadores >10,000 kVA)
  • 8544.70.01 (Cables de fibra óptica)

Este tipo de mercancías fueron consideradas estratégicas para la economía nacional, y la medida buscaba generar datos más precisos, alinear la política industrial con el Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030 y dar seguimiento a la evolución del comercio exterior mexicano.

¿Por qué se implementó?

Durante el primer semestre de 2025, se presentaron condiciones de incertidumbre internacional que afectaron el comercio global y las cadenas de suministro. En respuesta, el Gobierno de México decidió establecer este aviso automático con el fin de:

  • Obtener datos más precisos sobre los flujos de exportación.
  • Identificar mercancías estratégicas para la economía nacional.
  • Diseñar políticas públicas para proteger la competitividad del país.

¿Por qué se elimina ahora?

De acuerdo con la Secretaría de Economía, el objetivo del aviso nunca fue limitar el comercio exterior, sino dar seguimiento y trazabilidad a exportaciones clave. Sin embargo, la medida generó incertidumbre entre los actores del sector exportador, especialmente en el contexto de la relación bilateral con Estados Unidos.

Por ello, y tras ser evaluada por la Comisión de Comercio Exterior, se decidió abrogar el acuerdo original, eliminando la obligación de presentar dicho aviso.

¿Desde cuándo aplica el cambio?

El nuevo Acuerdo establece que la eliminación del requisito entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, aunque aún no hay fecha específica.

Este cambio representa un paso hacia la simplificación administrativa y mayor agilidad en operaciones de comercio exterior, sobre todo para empresas que exportan productos estratégicos. Si tu negocio se vio afectado por esta medida, ya no tendrás que presentar el aviso automático de exportación para las mercancías que antes lo requerían.

¿Cómo puede ayudarte?

Ahora que la obligación ha sido eliminada, seguimos comprometidos a mantenerte informado y actualizado sobre cualquier cambio regulatorio que pueda afectar tus operaciones de comercio exterior.

¿No estás seguro si esta derogación aplica a tus productos? Agenda una asesoría con nuestros especialistas y asegúrate de cumplir con lo más reciente en normativa aduanera.

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El pasado 3 de junio de 2025, la Secretaría de Economía de México publicó en el Diario Oficial de la Federación  (DOF) un acuerdo que establecía el requisito de Aviso Automático de Exportación para ciertas mercancías clasificadas bajo fracciones arancelarias específicas. Este aviso no implicaba restricciones, pero sí exigía un trámite previo para las exportaciones.

Sin embargo, el 20 de junio se publicaron modificaciones que excluían varias mercancías, y finalmente, la Secretaría de Economía de México, encabezada por Marcelo Ebrard, decidió abrogar el acuerdo completo, eliminando oficialmente el requisito del Aviso Automático.

¿Qué implicaba este aviso?

El Aviso Automático de Exportación funcionaba como un mecanismo de control estadístico: las empresas exportadoras debían notificar con anticipación a la autoridad económica sobre el envío de ciertos productos clasificados bajo fracciones arancelarias específicas. Esta medida no representaba una restricción, pero sí añadía un trámite adicional. Algunos productos que entraban en este aviso eran:

  • 8411.12.01 (Turbocargadores)
  • 8414.80.99 (Compresores de aire)
  • 8503.00.99 (Partes para máquinas eléctricas)
  • 8504.23.01 (Transformadores >10,000 kVA)
  • 8544.70.01 (Cables de fibra óptica)

Este tipo de mercancías fueron consideradas estratégicas para la economía nacional, y la medida buscaba generar datos más precisos, alinear la política industrial con el Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030 y dar seguimiento a la evolución del comercio exterior mexicano.

¿Por qué se implementó?

Durante el primer semestre de 2025, se presentaron condiciones de incertidumbre internacional que afectaron el comercio global y las cadenas de suministro. En respuesta, el Gobierno de México decidió establecer este aviso automático con el fin de:

  • Obtener datos más precisos sobre los flujos de exportación.
  • Identificar mercancías estratégicas para la economía nacional.
  • Diseñar políticas públicas para proteger la competitividad del país.

¿Por qué se elimina ahora?

De acuerdo con la Secretaría de Economía, el objetivo del aviso nunca fue limitar el comercio exterior, sino dar seguimiento y trazabilidad a exportaciones clave. Sin embargo, la medida generó incertidumbre entre los actores del sector exportador, especialmente en el contexto de la relación bilateral con Estados Unidos.

Por ello, y tras ser evaluada por la Comisión de Comercio Exterior, se decidió abrogar el acuerdo original, eliminando la obligación de presentar dicho aviso.

¿Desde cuándo aplica el cambio?

El nuevo Acuerdo establece que la eliminación del requisito entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, aunque aún no hay fecha específica.

Este cambio representa un paso hacia la simplificación administrativa y mayor agilidad en operaciones de comercio exterior, sobre todo para empresas que exportan productos estratégicos. Si tu negocio se vio afectado por esta medida, ya no tendrás que presentar el aviso automático de exportación para las mercancías que antes lo requerían.

¿Cómo puede ayudarte?

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El pasado 3 de junio de 2025, la Secretaría de Economía de México publicó en el Diario Oficial de la Federación  (DOF) un acuerdo que establecía el requisito de Aviso Automático de Exportación para ciertas mercancías clasificadas bajo fracciones arancelarias específicas. Este aviso no implicaba restricciones, pero sí exigía un trámite previo para las exportaciones.

Sin embargo, el 20 de junio se publicaron modificaciones que excluían varias mercancías, y finalmente, la Secretaría de Economía de México, encabezada por Marcelo Ebrard, decidió abrogar el acuerdo completo, eliminando oficialmente el requisito del Aviso Automático.

¿Qué implicaba este aviso?

El Aviso Automático de Exportación funcionaba como un mecanismo de control estadístico: las empresas exportadoras debían notificar con anticipación a la autoridad económica sobre el envío de ciertos productos clasificados bajo fracciones arancelarias específicas. Esta medida no representaba una restricción, pero sí añadía un trámite adicional. Algunos productos que entraban en este aviso eran:

  • 8411.12.01 (Turbocargadores)
  • 8414.80.99 (Compresores de aire)
  • 8503.00.99 (Partes para máquinas eléctricas)
  • 8504.23.01 (Transformadores >10,000 kVA)
  • 8544.70.01 (Cables de fibra óptica)

Este tipo de mercancías fueron consideradas estratégicas para la economía nacional, y la medida buscaba generar datos más precisos, alinear la política industrial con el Plan Nacional de Desarrollo 2025–2030 y dar seguimiento a la evolución del comercio exterior mexicano.

¿Por qué se implementó?

Durante el primer semestre de 2025, se presentaron condiciones de incertidumbre internacional que afectaron el comercio global y las cadenas de suministro. En respuesta, el Gobierno de México decidió establecer este aviso automático con el fin de:

  • Obtener datos más precisos sobre los flujos de exportación.
  • Identificar mercancías estratégicas para la economía nacional.
  • Diseñar políticas públicas para proteger la competitividad del país.

¿Por qué se elimina ahora?

De acuerdo con la Secretaría de Economía, el objetivo del aviso nunca fue limitar el comercio exterior, sino dar seguimiento y trazabilidad a exportaciones clave. Sin embargo, la medida generó incertidumbre entre los actores del sector exportador, especialmente en el contexto de la relación bilateral con Estados Unidos.

Por ello, y tras ser evaluada por la Comisión de Comercio Exterior, se decidió abrogar el acuerdo original, eliminando la obligación de presentar dicho aviso.

¿Desde cuándo aplica el cambio?

El nuevo Acuerdo establece que la eliminación del requisito entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, aunque aún no hay fecha específica.

Este cambio representa un paso hacia la simplificación administrativa y mayor agilidad en operaciones de comercio exterior, sobre todo para empresas que exportan productos estratégicos. Si tu negocio se vio afectado por esta medida, ya no tendrás que presentar el aviso automático de exportación para las mercancías que antes lo requerían.

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